La Ley 2477 de 2025 marca un giro profundo en el sistema penal colombiano, analicemos:
⚖ Reparación integral como causal de extinción penal
Ahora, delitos como lesiones personales, inasistencia alimentaria y ciertos patrimoniales pueden extinguirse si el acusado repara el daño.
¿Justicia para la víctima o incentivo para el infractor?
🤝 Preacuerdos y allanamientos con mayores beneficios
Incluso en delitos graves, se permite rebajas de hasta el 50% de la pena si hay colaboración eficaz.
¿Descongestión judicial o debilitamiento del principio de proporcionalidad?
🎯 Principio de oportunidad ampliado
Se extiende a más casos, permitiendo que el Estado renuncie a la acción penal si hay entrega de bienes o información útil.
¿Herramienta de política criminal o puerta abierta a la discrecionalidad?
🕵 Pruebas anticipadas y protección a testigos
Se flexibiliza la práctica de pruebas en delitos sensibles como violencia sexual y corrupción.
¿Garantía procesal o riesgo de vulnerar el contradictorio?
⏱ Términos procesales más estrictos
Se acortan los plazos para radicar acusaciones y se limita la prisión preventiva.
¿Agilidad judicial o presión sobre fiscales y jueces?
🚫 Exclusión de beneficios en delitos graves
Para terrorismo, extorsión y financiación del terrorismo, se eliminan subrogados penales salvo colaboración eficaz. ¿Justicia firme o selectiva?
🔍 Reflexión Final
La reforma penal 2025 busca una justicia más ágil, restaurativa y centrada en la víctima.
Pero como firma de abogados analiticos, advertimos que su éxito dependerá de la prudencia judicial y del equilibrio entre eficiencia y garantías.
¿Estamos ante una evolución del sistema acusatorio o ante una reforma que aún debe probar su legitimidad en la práctica?

